La justicia Federal de Puerto Deseado hizo lugar al amparo presentado por el bloque de diputados radicales y ordenó al Ente Regulador (Enargas) y a la empresa Camuzzi que se abstenga de cortar el servicio ante el incumplimiento de pago hasta que se resuelva la constitucionalidad del Decreto 2067/08.
El martes, el Juzgado Federal a cargo de la Jueza Ana Cecilia Alvarez notificó al diputado radical Jorge Cruz, la resolución respecto de la acción de Amparo interpuesta por el legislador, por el Decreto 2067/08 que otorgó un cargo fijo a los usuarios de tres categorías de consumo de gas.
En la notificación, ordena como “medida cautelar” a la empresa Camuzzi Gas del Sur S.A. que no efectúe cortes de suministro ni aplique recargos en la facturación como consecuencia de la mora incurrida en caso de falta de pago por parte de los usuarios afectados en su facturación por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Cabe recordar que los diputados Jorge Cruz y Omar Hallar en la presentación del amparo efectuada en contra del Estado Nacional, del Ente Regulador del Gas (ENARGAS) y subsidiariamente de la empresa Camuzzi Gas del Sur S.A, en su calidad de distribuidora y recaudadora del servicio de gas natural en la provincia, habían pedido que se declare inconstitucional el Decreto del PEN, petición que según se informó será resuelta en un plazo de 10 días.
Argumentos
En conferencia de prensa, los diputados Hallar y Cruz, junto al candidato a diputado nacional, Eduardo Costa, expusieron las razones de la presentación judicial.“Tras la visita de norte a sur de la provincia en nuestra recorrida, además de la falta de trabajo y futuro para los jóvenes, en muchos hogares nos habían planteado el tema de los incrementos del gas y la luz, que estaba impactando fuertemente en sus economías familiares”, señaló Costa acotando que “lo que hicimos fue trasladar esta preocupación al bloque de Cámara de Diputados para ver qué podían hacer en defensa de todas estas familias de Santa Cruz que estaban padeciendo esto; además del no aumento salarial y algunos incrementos de precios”.
En tanto el diputado Cruz indicó que el bloque radical ya presentó dos proyectos de resolución y en ese sentido destacó que “habíamos pedido para las cuatro categorías que se ha creado este cargo fijo; al tomar conocimiento que se sacó una de las categorías donde se incrementaba la boleta a los usuarios, decidimos presentar otro proyecto donde se pida por las tres categorías que restaban y de alguna manera logramos un despacho favorable de la comisión, que se va a tratar en la próxima sesión de Cámara de Diputados”, adelantó.
Por su parte, el diputado Hallar señaló que “creemos que este decreto que aprobara el Gobierno nacional, promovido por el Ministerio de Planificación, fue para inventar un cargo adicional en las boletas de gas, claramente no surge como costo del gas ni como costo del transporte, ni como costo de distribución por lo que es inconstitucional ya que no fue votado en la Cámara de Diputados, sino que es una resolución del Poder Ejecutivo”, dijo al acotar que además “tiene otro detalle, ya que lleva implícito otro impuesto porque recarga un 21 por ciento de IVA”.
Los fundamentos de la justicia
Entre los fundamentos de la resolución adoptada por la jueza federal subrogante Ana Cecilia Álvarez, la misma plantea que la resolución a adoptar “deberá ser abierta, en tanto, encuentro prima facie reunidos los requisitos que permiten su admisibilidad como remedio excepcional”. La jueza entiende que pese a que no cuenta con elementos suficientes para determinar “la existencia de la verosimilitud del derecho requerida a estos fines, como tampoco para justificar la arbitrariedad de la norma impugnada”, ante las temperaturas que se registran en esta época en Santa Cruz, “constituyen un fuerte impacto térmico que la autoridad de aplicación habrá considerado y deberá explicitar en su informe”, por lo que “estimo prudente… en virtud de la incidencia que la facturación pueda haber generado en la comunidad, ordenar a la empresa prestataria del servicio Camuzzi Gas del Sur, a que no proceda al corte de suministro de gas, que, como servicio público de primera necesidad en esta zona, resulta indispensable, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión”.
El martes, el Juzgado Federal a cargo de la Jueza Ana Cecilia Alvarez notificó al diputado radical Jorge Cruz, la resolución respecto de la acción de Amparo interpuesta por el legislador, por el Decreto 2067/08 que otorgó un cargo fijo a los usuarios de tres categorías de consumo de gas.
En la notificación, ordena como “medida cautelar” a la empresa Camuzzi Gas del Sur S.A. que no efectúe cortes de suministro ni aplique recargos en la facturación como consecuencia de la mora incurrida en caso de falta de pago por parte de los usuarios afectados en su facturación por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Cabe recordar que los diputados Jorge Cruz y Omar Hallar en la presentación del amparo efectuada en contra del Estado Nacional, del Ente Regulador del Gas (ENARGAS) y subsidiariamente de la empresa Camuzzi Gas del Sur S.A, en su calidad de distribuidora y recaudadora del servicio de gas natural en la provincia, habían pedido que se declare inconstitucional el Decreto del PEN, petición que según se informó será resuelta en un plazo de 10 días.
Argumentos
En conferencia de prensa, los diputados Hallar y Cruz, junto al candidato a diputado nacional, Eduardo Costa, expusieron las razones de la presentación judicial.“Tras la visita de norte a sur de la provincia en nuestra recorrida, además de la falta de trabajo y futuro para los jóvenes, en muchos hogares nos habían planteado el tema de los incrementos del gas y la luz, que estaba impactando fuertemente en sus economías familiares”, señaló Costa acotando que “lo que hicimos fue trasladar esta preocupación al bloque de Cámara de Diputados para ver qué podían hacer en defensa de todas estas familias de Santa Cruz que estaban padeciendo esto; además del no aumento salarial y algunos incrementos de precios”.
En tanto el diputado Cruz indicó que el bloque radical ya presentó dos proyectos de resolución y en ese sentido destacó que “habíamos pedido para las cuatro categorías que se ha creado este cargo fijo; al tomar conocimiento que se sacó una de las categorías donde se incrementaba la boleta a los usuarios, decidimos presentar otro proyecto donde se pida por las tres categorías que restaban y de alguna manera logramos un despacho favorable de la comisión, que se va a tratar en la próxima sesión de Cámara de Diputados”, adelantó.
Por su parte, el diputado Hallar señaló que “creemos que este decreto que aprobara el Gobierno nacional, promovido por el Ministerio de Planificación, fue para inventar un cargo adicional en las boletas de gas, claramente no surge como costo del gas ni como costo del transporte, ni como costo de distribución por lo que es inconstitucional ya que no fue votado en la Cámara de Diputados, sino que es una resolución del Poder Ejecutivo”, dijo al acotar que además “tiene otro detalle, ya que lleva implícito otro impuesto porque recarga un 21 por ciento de IVA”.
Los fundamentos de la justicia
Entre los fundamentos de la resolución adoptada por la jueza federal subrogante Ana Cecilia Álvarez, la misma plantea que la resolución a adoptar “deberá ser abierta, en tanto, encuentro prima facie reunidos los requisitos que permiten su admisibilidad como remedio excepcional”. La jueza entiende que pese a que no cuenta con elementos suficientes para determinar “la existencia de la verosimilitud del derecho requerida a estos fines, como tampoco para justificar la arbitrariedad de la norma impugnada”, ante las temperaturas que se registran en esta época en Santa Cruz, “constituyen un fuerte impacto térmico que la autoridad de aplicación habrá considerado y deberá explicitar en su informe”, por lo que “estimo prudente… en virtud de la incidencia que la facturación pueda haber generado en la comunidad, ordenar a la empresa prestataria del servicio Camuzzi Gas del Sur, a que no proceda al corte de suministro de gas, que, como servicio público de primera necesidad en esta zona, resulta indispensable, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario